El sábado 13 de marzo se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19.
En esta norma se articulan cuatro tipos de medidas, algunos aspectos de cada una de ellas:
1.- Línea de ayudas directas. 7.000 millones.
• Destinada para autónomos y empresas con una reducción en el volumen de operaciones en 2020 de al menos el 30% respecto de 2019.
• Que no se hayan declarado pérdidas en el IRPF o Impuesto sobre Sociedades de 2019.
• Sólo para las empresas con CNAE dentro del Anexo I. (páginas 37 a 39 del RDL).
• Son ayudas finalistas, es decir, para satisfacer deuda y realizar pagos a proveedores y acreedores, así como costes fijos, cuando estas deudas se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a la entrada en vigor de esta norma.
• Cuantía para empresarios y profesionales en Estimación Objetiva: cantidad fija, 3.000 euros.
• Cuantía para empresarios en Estimación Directa, cantidad variable desde 4.000 euros a 200.000 euros, en función del número de trabajadores y la caída del volumen de operaciones que exceda del 30%.
** menos de 10 trabajadores: 40% del importe de la caída del volumen de operaciones en el 2020 respecto del 2019 que supere el 30%.
** más de 10 trabajadores: 20% del importe de la caída del volumen de operaciones en el 2020 respecto del 2019 que supere dicho 30%.
• Compromisos obligatorios por parte de las empresas:
** Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social en el momento de la solicitud.
** No repartir dividendos y no incrementar salarios de los administradores en los dos próximos años.
** Mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022.
• La convocatoria la harán las Comunidades Autónomas en el plazo de un mes y en función de la cantidad económica asignada a cada una de ellas.
2.- Refinanciación y reestructuración de balances. 3.000 millones.
• Extensión de los plazos de vencimientos de operaciones de financiación.
• Transferencias para reducir parte del principal de los préstamos.
• Se concretarán a través del Consejo de Ministros.
3.- Recapitalización de empresas. 1.000 millones.
• Medidas de apoyo a medianas y grandes empresas, viables, pero con problemas de solvencia.
• Se concretarán a través del Consejo de Ministros.
4.- Prorroga de moratorias fiscales y concursales.
• Aplazamiento de deudas tributarias.
**Se permite aplazar los impuestos devengados en el mes de abril seis meses, los cuatro primeros sin intereses.
** Empresas con volumen de operaciones inferior a 6.010.121,04 euros.
** Importe hasta 30.000 euros.
• Procesos concursales, extensión de la moratoria hasta finales de año para el desencadenamiento automático de procesos concursales.
5.- Otras medidas.
• Las Juntas de socios para aprobación de cuentas se podrán celebrar de forma telemática, aunque no esté contemplado en estatutos.
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